Un jurado dice que vulnera derechos de igualdad y libertad
VALLADOLID, 22 Nov. (OTR/PRESS) -
Un crucifijo colgado en una clase de un colegio público vulnera derechos fundamentales recogidos en la constitución, en este caso los referentes a la igualdad y a la libertad de conciencia. Por primera vez en España, la justicia así lo ha entendido. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número dos de Valladolid ordenó hoy la retirada de símbolos religiosos de las aulas y espacios comunes del colegio público Macias Picavea en la primera sentencia en este sentido que se dicta en el país.
El fallo recogido indica que "el Estado no puede adherirse ni prestar respaldo a ningún credo religioso, ya que no debe existir confusión alguna entre los fines religiosos y los fines estatales. Nadie puede sentir que, por motivos religiosos, el Estado le es más o menos próximo que a sus conciudadanos".
Asimismo, el juez considera que "si bien la Constitución establece que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones con la Iglesia Católica y las demás condiciones, no menciona para los centros docentes públicos otro tipo de medidas o actuaciones", en referencia a la presencia de símbolos religiosos.
Por el contrario, como refleja la sentencia, en un centro público docente se imparte enseñanza a menores, estos se encuentran "en plena fase de formación de su personalidad". Es por ello, que la presencia de estos símbolos religiosos "puede provocar en esos menores el sentimiento de que el Estado está más cercano a la confesión con la que guardan relación".
"IMPORTANTÍSIMA"
Se trata de una sentencia "importantísima", ya que es la primera vez en España que un juez "entra en el fondo" del asunto dando la razón "a la libertad de conciencia y a la higiene democrática", según el portavoz de la Asociación Cultural Escuela Laica e impulsor del proceso judicial, Fernando Pastor.
Pastor, padre de una niña del colegio Macías Picavea, consideró que el Gobierno regional puede "recurrir" esta sentencia en un plazo de 15 días aunque insistió en que esta posibilidad sería "una indecencia". En cualquier caso, si existiera el recurso, se pediría la ejecución cautelar de la sentencia al tratarse de una cuestión de vulneración de derechos fundamentales.
Tampoco faltaron las reacciones contrarias a la medida. Por ejemplo, el presidente y consejero delegado del grupo COPE, Alfonso Coronel de Palma, dijo hoy que la decisión del juzgado de Valladolid "es una mala noticia".
Un crucifijo colgado en una clase de un colegio público vulnera derechos fundamentales recogidos en la constitución, en este caso los referentes a la igualdad y a la libertad de conciencia. Por primera vez en España, la justicia así lo ha entendido. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número dos de Valladolid ordenó hoy la retirada de símbolos religiosos de las aulas y espacios comunes del colegio público Macias Picavea en la primera sentencia en este sentido que se dicta en el país.
El fallo recogido indica que "el Estado no puede adherirse ni prestar respaldo a ningún credo religioso, ya que no debe existir confusión alguna entre los fines religiosos y los fines estatales. Nadie puede sentir que, por motivos religiosos, el Estado le es más o menos próximo que a sus conciudadanos".
Asimismo, el juez considera que "si bien la Constitución establece que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones con la Iglesia Católica y las demás condiciones, no menciona para los centros docentes públicos otro tipo de medidas o actuaciones", en referencia a la presencia de símbolos religiosos.
Por el contrario, como refleja la sentencia, en un centro público docente se imparte enseñanza a menores, estos se encuentran "en plena fase de formación de su personalidad". Es por ello, que la presencia de estos símbolos religiosos "puede provocar en esos menores el sentimiento de que el Estado está más cercano a la confesión con la que guardan relación".
"IMPORTANTÍSIMA"
Se trata de una sentencia "importantísima", ya que es la primera vez en España que un juez "entra en el fondo" del asunto dando la razón "a la libertad de conciencia y a la higiene democrática", según el portavoz de la Asociación Cultural Escuela Laica e impulsor del proceso judicial, Fernando Pastor.
Pastor, padre de una niña del colegio Macías Picavea, consideró que el Gobierno regional puede "recurrir" esta sentencia en un plazo de 15 días aunque insistió en que esta posibilidad sería "una indecencia". En cualquier caso, si existiera el recurso, se pediría la ejecución cautelar de la sentencia al tratarse de una cuestión de vulneración de derechos fundamentales.
Tampoco faltaron las reacciones contrarias a la medida. Por ejemplo, el presidente y consejero delegado del grupo COPE, Alfonso Coronel de Palma, dijo hoy que la decisión del juzgado de Valladolid "es una mala noticia".
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